Con el objetivo de facilitar y
fomentar el acceso electrónico a los Servicios Públicos, la Agencia Tributaria
ha determinado una nueva forma de notificación a través del portal "notificaciones.060.es":
la Dirección Electrónica Habilitada (DEH).
Esta forma de notificar será
obligatoria para las Sociedades Anónimas y Limitadas, así como para las Grandes
Empresas. El resto de empresas, o
autónomos, no tienen obligación de darse de alta, pero pueden hacerlo de forma
voluntaria. Se prevé que, en el futuro, sea obligatoria para todos, por lo que
es recomendable familiarizarse con este sistema.
Por defecto, se recibirán las
notificaciones de sus procedimientos a través del buzón electrónico. Por lo tanto, es muy importante
que los usuarios de estos lo revisen a menudo, pues transcurridos 10 días
naturales desde el envío se entenderán efectuadas las notificaciones, se hayan
leído o no.
Para acceder a este buzón, se
necesita poseer un certificado electrónico o bien apoderar a alguien con
certificado. No disponer de uno no impide que el sistema de notificación entre
en funcionamiento con todos sus efectos.